Leon Hunter en contra de las prácticas gratuitas

¿Por qué?

- Explotación = trabajo no remunerado. Este punto se explica solo pero ningún tipo de trabajo por accesorio y auxiliar que sea debería estar sin una remuneración. Entiendo que no es un mentorado o un curso de formación el trabajo que se realiza presencialmente (o no) en una empresa y en el que existen una serie de tareas encomendadas (de traducción o no de traducción, de carácter administrativo, etc.)

- Competitividad empresarial. Competencia desleal. Son desleales los competidores que no pagan a los becarios porque parten de una situación favorecida y de desigualdad. No hacen frente a los mismos costes y gastos y por tanto no se cumple la condición de igualdad en un mercado de libre competencia. La gente que no paga no está ejerciendo un derecho a no pagar, está distorsionando la competencia porque no tienen las mismas condiciones que otros empresarios con empleados con contrato o con becarios con una gratificación económica.

- Pagar por trabajar. En este blog ya lo hemos dicho: nos parece un error imponer el “pagar por trabajar”. Las asociaciones del sector se han tirado los trastos a la cabeza por el tema de pagar por trabajar y no parece que haya prosperado la idea… Fijaros si es importante el tema y la de discusiones que ha habido al respecto…

En fin, no me voy a ir del tema, al grano: por mi parte diré que no sería coherente ahora exigir a unos becarios o trabajadores que paguen por trabajar. Ir todos los días a una oficina supone un gasto (incluso para la gente que vive en casa de sus padres) y tendrán que pagar el transporte, otras veces tendrán que ir “de traje”, y tendrán que comer o tomarse un café en algún momento. Por tanto, no es gratis ir a trabajar y se debe pagar ALGO para compensar ese gasto realizado.

- Los ricos no lloran. No todo el mundo puede permitirse estar un año o dos sin cobrar nada. Van a subir las tasas universitarias 500 euros o más (de incremento sobre lo que ya se paga) y la situación se va a seguir complicando. La espiral de la crisis sigue y seguimos profundizando en hechos y en consecuencias.

El hecho es que hay una crisis económica pero la consecuencia no puede ni debe ser que solo la gente rica, pija, de buenos haberes, adinerada, de recursos, acaudalada o como quieras llamarla tenga acceso a una profesión cualificada o un oficio. Evidentemente es necesaria una formación para ser un traductor, abogado, médico o ingeniero y no van a pagarte mucho porque el tiempo para formarte es más largo que el que hace falta para saber servir pollo frito en el Kentucky. Eso nadie lo discute. Lo que sí veo mal es que no se remunere en absoluto esa formación porque entonces estamos hablando de una situación de ricos frente a pobres y que la gente que no tenga recursos o que viva sola y no viva con sus padres nunca podrá formarse en una profesión y se va a ver abocada a trabajar en el Kentucky. Y también es libre competencia de una economía de mercado que todos los oferentes de un servicio (en este caso un oficio) tengan las mismas condiciones de acceso a ese mercado. No es una cuestión de solidaridad izquierdista ni izquierdosa, es también un principio de capitalismo liberal puro y duro.

¿Soluciones?

CERTIFICADO = ¡YO PAGO!

Por mi parte no vería mal colocar un emblema, logotipo, pegatina o acreditación X en mi web y donde haga falta de “Nosotros SÍ pagamos“. Igual que existen otras acciones de responsabilidad corporativa, esta es una más. Y tan válida como la certificación de AENOR o el certificado de calidad ambiental, en mi opinión. Igual hasta la desarrollamos nosotros.

Hay muchas empresas en el mercado y el cliente tiene derecho a saber si la empresa que contrata es una que paga o no paga por el trabajo y si la persona que le atiende no tiene remuneración alguna. Es un elemento diferenciador que se puede vender igual que se vende la responsabilidad ambiental o el reciclaje de los desperdicios de la actividad de la empresa. De nada me sirve que una empresa recicle el papel y las pilas si luego resulta que son unos sinvergüenzas de mucho cuidado en otras cosas.

Responsabilidad de la Universidad

La Universidad es responsable de establecer unas condiciones en sus prácticas. La postura de la universidad española (en palabras de alguna persona con la que he hablado) es que “nosotros tenemos muchos convenios y hay de todo y no podemos controlar lo que hace cada empresa“. Sin embargo diré que este curso ha venido un becario de la Universidad de Manchester y nos preguntaron concretamente que cuánto íbamos a pagar para asegurarse de que esa remuneración iba a estar “en línea con lo que ofrecen otras empresas“.

Por tanto, la universidad sí es responsable de asegurarse de que a sus alumnos les paguen.

Por último, en muchos programas se ha convertido en una exigencia para aprobar los estudios tener X horas de prácticas. Me parece bien porque no se puede trabajar en un oficio sin tener experiencia laboral pero sí miraría bien esa exigencia y, en ciertos casos, no creo que sea imprescindible para que te den la titulación. Además, los alumnos con dificultades para encontrar prácticas van a acabar muchas veces haciendo unas prácticas que no vienen al caso simplemente por tener un papel o por cumplir un requisito de horas prácticas y no aportan nada esas prácticas. Antes que hacer unas prácticas que no vienen a cuento incluiría otra asignatura, una estancia en el extranjero o cualquier otra forma de obtener esos créditos que no sea trabajar gratis haciendo algo que no tiene nada que ver con la carrera que se estudia.

Concienciación

Gran parte del problema es un problema de concienciación y de desidia y de desinterés. Es tanto el problema de la empresa que lo hace como de las personas que lo aceptan, de las universidades que miran al otro lado, etc.

Existe un problema y como ya he dicho esta semana todas las empresas estamos en un mercado interrelacionado e interconectado, globalizado y complejo en el que lo que hace uno afecta a los demás. Por tanto si X empresas no pagan sueldos todos los meses y todos los trabajadores “son gratis” porque tienen 10 becarios y no pagan a ninguno igual (por la bajada de precios, por la competencia, etc., etc.) las otras empresas nos vemos presionadas a hacer lo mismo: sin quererlo y sin haber provocado nosotros esa situación.

Igual en futuro me veo obligado a retirar el post y a comerme mis palabras porque tengo que empezar a aceptar becarios sin sueldo: espero que no me ocurra nunca pero no depende exclusivamente de mí. Depende también mucho del interés de los demás. Mi interés es seguir pagando a todo el que trabaja (becario o no) y con independencia del sistema o método de contratación. Pero si nos vamos a la ruina porque tenemos competencia desleal evidentemente no podremos hacerlo nosotros ni lo podrá hacer nadie.

About leonhunter

Traductor jurado de inglés.
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17 Responses to Leon Hunter en contra de las prácticas gratuitas

  1. JavierH says:

    Me quedo pensando en la cara que se les quedaría a esos cuatro que sí entraron por «esa vía de la homologación» si leyeran que los otros ciento y pico no tuvieron que pagar peaje.

  2. Estoy hablando por boca propia, no por boca ni de ACT ni de FEGILT. Tuvieron ambas su momento de relación, pero ese acabó ya hace tiempo, justo por lo que decía: quien debía hacer las cosas de un modo no las hizo, y mucha gente nos desvinculamos de ellas por no estar de acuerdo. Esta persona cobró vida propia y empezó a hacer y deshacer a su antojo tomando decisiones y representaciones que no le correspondían y que liaron las cosas sin necesidad, porque la mayoría sensata se oponía a todo ello.

    Tan fácil como eso. Ahora cada uno se dedica a su actividad y punto. No hay mucho más que hablar por mi parte, porque insisto son opiniones mías, nada más. Debería ser otro quien respondiera, y me temo que no lo va a hacer.

    En cuanto a pasar por el aro, de los aproximadamente 100-125 proveedores externos que usamos en Hermes, solo cuatro entraron por esa vía de la homologación. Los demás lo vienen haciendo por libre, tras la realización de una seria de entrevistas, prueba de traducción que yo mismo reviso y califico desde el año 1992 o recomendaciones especiales, y no tienen que pasar por ningún aro ni pagar ningún peaje que no sea el de su capacidad profesional. Por lo menos en lo que a mi empresa respecta, lo demás son conjeturas que la gente se haga y que obviamente no me preocupan mucho.

  3. leonhunter says:

    Hola:
    Supongo que esta pregunta va dirigida a Juan José y no a mí… :)
    Saludos,
    Leon Hunter

  4. JavierH says:

    Tengo curiosidad por saber cuántos «recursos» no consiguieron trabajo. También sería interesante conocer el número de palabras que tuvieron que traducir esos dos para ganar los 3.000 euros y con qué facilidad se consiguen clientes en ese segmento del mercado sin necesidad de pasar por el aro. ¿No hay ningún estudio?

    jh

  5. leonhunter says:

    “y en ninguna me querían, ni siquiera trabajando gratis”

    ¡Pues ellos se lo perdían, Curri! Porque eres un fichaje, desde luego.
    LH

  6. leonhunter says:

    En este blog no habrás visto ninguna confusión entre prácticas por convenio sin relación laboral y el “contrato en prácticas” (con relación laboral) porque tengo de los dos tipos y soy consciente de la diferencia entre la una y la otra. En el caso de la segunda no hay gran cosa que la diferencie de una relación laboral estándar en cuanto a condiciones excepto el sueldo (que puede ser más bajo pero no tiene por qué serlo) y la cotización a la seguridad social que es donde se ahorra un poquillo con respecto al contrato estándar.
    En cuanto a las prácticas universitarias, las que son de carácter puramente lectivo no cotizan a la seguridad social porque la ley dice:
    Disposición adicional primera del Real Decreto 1707/2011, de 18 de noviembre:
    “Los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, no serán de aplicación a los estudiantes universitarios que realicen las prácticas académicas externas a que se refiere este real decreto.
    Y a esas me refería – a las prácticas universitarias que además, en muchos casos, son un requisito para obtener una titulación como un máster o que se pueden convalidar por X créditos de la carrera.
    No me refiero a contratos en prácticas para titulados porque es imposible e ilegal no remunerar esas prácticas.

  7. Iñaki says:

    La relación entre la ACT y FEGILT está muy bien explicada en el apartado «Breve historia de la ACT» (página 7) del escrito publicado por la propia ACT:
    http://es.scribd.com/doc/75556583/boletin-num02
    Ambas compartían incluso sede social. Intentar desvincular a una de lo que hizo la otra no termina de resultar convincente.

    Por otro lado, las dos webs (www.act.es y http://www.fegilt.es) están ahora mismo inactivas con exactamente el mismo mensaje de error: «This account has been suspended». Ya que está aquí Juanjo y parece que responde a las preguntas, tal vez quiera contarnos a qué se debe y cuál es la situación actual de la ACT y de FEGILT.

    En cuanto al precio de la «homologación» de SEIL, merecería la pena citar lo que se decía en la web de SEIL mientras todavía funcionaba (tampoco funciona ya, qué casualidad): «Por esto puedes solicitar en cualquier momento el servicio de homologación según la norma UNE‐EN 15038 mediante SEIL, SA para así aumentar tus posibilidades de trabajar en el sector. El servicio se presta una sola vez durante el año en curso y cuesta 69,90 € (IVA incluido). Si quieres homologarte con una especialidad, el servicio cuesta 89,90 € (IVA incluido)».

    La homologación debía renovarse anualmente. Y no eran 30 euros, como demuestra la cita anterior.

  8. Es más, la ACT siempre defendió públicamente que las prácticas fueran remuneradas. Y está por escrito.

    De paso también conviene aclarar —y lo digo porque lo he visto confundido por ahí con bastante frecuencia— que no es lo mismo unas prácticas académicas y los contratos de prácticas. Los primeros no suponen relación laboral para la empresa con el becario, y están amparados por un contrato privado entre universidad y empresa (ahora también se incluye la Seguridad Social, en mi opinión de modo muy justo, no como antes). El segundo es un contrato laboral plenamente legal con situaciones ventajosas de la Seguridad Social para la empresa durante un periodo de tiempo; estas condiciones pueden variar según rulen los vientos político-laborales como ya sabéis.

    Conviene aclararlo porque hace unos días he visto la confusión en un par de foros del gremio.

  9. Gracias, Leon.

    Efectivamente, la misma persona que hizo lo que no debía también lo hizo mezclando lo que no debía mezclar. De ahí la confusión para los de fuera y las cábalas raras que muchos se hicieron. Aunque tenían cierta relación (cada vez menor), actuaban de forma independiente, y en lo que no tuvo que ver para nada fue en la famosa homologación. No recuerdo la suma ahora: no sé si llegaría a 70, la verdad. En cualquier caso, todo es relativo: yo he usado a dos recursos que hicieron esa prueba, y les he dado y doy trabajo por valor de unos 3000 euros anuales más o menos, con lo que creo que amortizaron la inversión, y sé que alguna otra empresa conocida también les dio trabajo. Quizás otros no tuvieron esa suerte.

    Todo es muy relativo: nosotros en Hermes hacemos pruebas para algunos clientes y también tiene nuestro coste que consideramos una inversión, que suele dar buenos resultados a medio y largo plazo, y a veces corto plazo también, con lo que todo es cuestión de tomar la calculadora y ver.

    Pero como bien dices, que quede claro que ACT aquí no tenía nada que ver, aunque algunos, de un lado u otro, se animaran a incluirla.

  10. leonhunter says:

    Hola:
    A mí me dijo personalmente una persona de una asociación que eran 70 euros. No recuerdo bien las cantidades. Sí recuerdo las polémicas de pagar por trabajar. En cualquier caso he retirado esa referencia porque no venía al caso y no era relevante para el contenido que quería expresar en el artículo.
    Tampoco es extraño que nos confundamos los traductores entre ACT / FEGILT y SEIL porque, por ejemplo, en este vídeo de 30 S DITI figuran los tres nombres en el mismo cartel: http://www.youtube.com/watch?v=2ItoPr_BBW0
    El nivel de colaboración o de relación entre ellas es algo que desconozco y por ello retiro toda referencia a ACT en el artículo.
    Un saludo,
    Leon Hunter

  11. Lo de la certificación de FEGILT/SEIL no tenía como fin que nadie pagara por trabajar: si así fuera no se habrían pedido 30 euros, cantidad que cubría el proceso de revisión de la prueba, sino abrir un abanico de recursos para el homologado con un número de empresas. El problema es que a quien me refería antes no se le ocurrió otra cosa que hacer las cosas como no debía y liarla, y tampoco se molestó en salir al paso y aclararlo debidamente, ni tampoco nadie se dirigió oficialmente (no en foros) a quienes lo ofrecían. De ahí las teorías de la conspiración que se pudieron leer: además, en un foro de traductores se cotiza hablar mal de las empresas, salvo raras excepciones o cuando hay vínculos reales con ellas de algún tipo. Y por esa razón quienes tuvieron que hacerlo dentro de SEIL le dieron una patada en el trasero a quien no debió hacer las cosas como las hizo en nombre de los demás.

  12. Hermes también paga, como dije, y en concreto 800 euros por 8 horas diarias. Conozco también a alguna empresa que ha pagado con licencias legales de productos de TAO, que puede ser otra opción. El caso es que no sea por la cara…

    Al respecto de las certificaciones (de calidad), no basta con que las empresas digan que “cumplen la norma”, sino que tienen que demostrarlo con una auditoría de calidad externa por una certificadora habilitada por ENAC que dura dos días, y en la que te miran hasta los calzoncillos, lo que se denomina técnicamente “third-party certification”. Si no cumples lo que dices que sigues, no hay sello ni certificación. No es tan simple como decirlo en una autodeclaración (“first-party certification”), que eso ni es certificación ni es nada de nada: solo palabrería. En ese caso, sí.

    Luego está lo de cumplir a rajatabla lo que exige el sello, y eso ya es una cuestión de ética profesional, en la que me importa poco lo que hagan los demás porque nosotros sí lo hacemos y eso nos ha permitido mejorar y tener una auditoría con cero no conformidades, algo rarísimo tal y como nos reconoció el auditor.

  13. Leon Hunter says:

    “ACT no tuvo que ver nada en lo del famoso “Pagar por trabajar”, sino en todo caso FEGILT, y no esta propiamente dicha”

    Gracias por la aclaración, Juan José. Me refería a la cuota anual que se iba a cobrar a través de SEIL, S.A. para homologación de proveedores. Viéndolo me he dado cuenta de que me he equivocado pero me falta tiempo para hacer estas entradas de blog porque también estoy muy liado gestionando mi empresa y haciendo traducciones. No obstante, lo modificaré en cuanto tenga un momento libre esta tarde.
    Un saludo,
    Leon Hunter

  14. Sergio Calvo says:

    Enhorabuena por la entrada. Es un tema controvertido que se debe tratar.

    Solo quiero añadir que la decisión de pagar o no pagar a becarios viene determinada en muchos casos por números, beneficios y afán de lucro. Sin embargo, una empresa no se crea con números, sino con personas. Si no se valora, se cuida y se mima el valor humano de la empresa facilitando los medios (económicos) para la integración del personal, se está obviando lo básico: nadie trabaja por amor al arte, excepto aquel que tiene dinero para no necesitarlo. Además, cada día se exige más y se da menos. Esto no tiene ningún sentido.

    Solo las empresas que valoran a las personas y no el retorno de inversión (que también) tendrán una larga vida. Las demás, tarde o temprano, caerán por su propio peso o los dueños las venderán. Total, solo les interesaba el dinero.

  15. Me parecen bien tus soluciones. Creo que, al igual que muchas agencias que tardan dos segundos en ponerse la etiqueta de que cumplen tal o cual norma de calidad (bueno, dije «que cumplen»… Debería decir, que pretenden cumplir, porque muchos, en verdad, no la cumplen), no me parece mala idea que las buenas agencias se diferencien de las no tan buenas de otras formas, y me parece también fenomenal que, si esa diferenciación tiene que hacerse en «Pagamos las prácticas», que se haga. Y casi diría que, por qué no, también anunciarse en cuánto (de bien) pagan a los traductores, para ver si eso sirve al cliente final para darse cuenta de qué agencias cuidan al traductor (que será el que hará su traducción) y cuáles cuidan solo su bolsillo.

    Lo de la certificación me parece también bien, pero quiero hacer un inciso en lo de las prácticas. En carreras como Enfermería o Medicina, la universidad tiene ya convenios con hospitales para hacer las prácticas, de manera que la mayoría de los alumnos harán prácticas en el hospital de la ciudad en la que se sitúa la universidad, pero el alumno también puede hacerlo en su ciudad (por ejemplo, si estudias Enfermería en Barcelona pero eres de Soria, puedes pasarte los 6 meses haciendo las prácticas en Soria sin ningún problema). La universidad ayuda en todo momento al alumno para que encuentren las prácticas. En la carrera de TeI, la universidad te dice que las prácticas te las busques tú. Recuerdo que yo tuve que buscarme prácticas para conseguir el título de traductora jurada castellano-catalán y, aún acudiendo a una amiga de la familia que tenía un bufete de abogados, al final me quedé sin las prácticas porque la universidad no me quería hacer ni una mísera carta para llevar al bufete de abogados conforme iba a hacer prácticas para un título, y no que quería que me diesen trabajo para toda la vida. Al final no me pude sacar el título porque cuando ya me dijeron que no podía hacer las prácticas, era demasiado tarde para ponerme a hacer la tesina. Por lo que me han contado, ahora es igual: el alumno es el que se tiene que sacar las castañas del fuego. Quiero puntualizar, eso sí, que me parece bien que el alumno sea el que tenga que ir aquí o allá a buscarse las cosas, pero creo que la universidad debería, al menos, dar una carta al alumno (o lo que sea) para que le sea más fácil encontrar esas prácticas, es decir, para que puedan llevar un papelito por delante, porque muchas agencias de traducción o bufetes de abogados o empresas directamente te cierran la puerta en las narices (y, de eso, también tengo experiencia, ya que, cuando acabé la carrera, me ofrecí como becaria a 2-3 agencias de traducción que había en mi ciudad -Palma de Mallorca- y en ninguna me querían, ni siquiera trabajando gratis).
    Creo que, en este sentido, la universidad debería hacer más y debería intentar tener ya colaboraciones firmadas con algunas agencias o empresas o bufetes de abogados o lo que sea para que, aquellos que no consigan prácticas en la agencia que ellos quieran, o en la empresa de su pueblo, puedan tener un plan B.

  16. Una entrada muy oportuna, Leon, por la que te felicito, porque la suscribo íntegramente. En Hermes llevamos manteniendo acuerdos de prácticas desde hace más de 15 años y SIEMPRE (sí, mayúsculas, y lo digo bien alto) hemos pagado a los becarios. Cualquier otra cosa que no sea pagar me parece una tomadura de pelo del más alto nivel a las universidades, a los propios becarios y al resto del sector.

    Eso sí, quiero aclarar una cosa: ACT no tuvo que ver nada en lo del famoso “Pagar por trabajar”, sino en todo caso FEGILT, y no esta propiamente dicha sino determinada persona que se arrogó con determinadas representaciones y declaraciones que no le correspondían y dijo muchas chorradas… Por otro lado, ANETI no se escindió de ACT por eso, sino por otra razón y unos dos o tres años antes de esto, con lo que comentas cosas que no son tales… Supongo que esto viene dado por toda la tinta que se vertió en foros en su momento por personas que no conocían mucho o nada de las interioridades de lo que pasaba, sino que simplemente montaron sus propias teorías a partir de conjeturas o datos parciales, pero en cualquier caso no te puedes imaginar lo poco que nos preocupaba.

    Creo que también, por otro lado, debería etiquetarse con “pagar por trabajar “cualquier compra de una aplicación de TAO que te exija tener un cliente directo que la emplee, porque, si no la tienes, no trabajas para él y te la impone, en este caso sin ningún interés más allá de la aplicación que usa. ¿No es acaso lo mismo? ¿No llevaban muchos fabricantes, bastante antes que esto, no vendiendo sus aplicaciones de flujo de trabajo (por ejemplo), sino alquilando su uso? En fin, allá cada cual con lo que piense.

    Vuelvo a las prácticas. En teoría, quien contrata a un becario universitario es porque tiene intención de formarlo e incluso de quedárselo luego en plantilla si trabaja bien, aprende adecuadamente o cualesquiera otras razones. No tiene mucho sentido traerlo para luego decirle adiós a los dos meses… Esa es la teoría y lo bonito, pero no es lo más habitual por desgracia, porque sí se ven muchos anuncios en los que no les ofrecen ni un duro. Pero hay algo peor: que no les ofrezcan ni un duro y encima exijan una lista kilométrica de requisitos para el pobre chaval que empieza, que es imposible que conozca porque acaba de entrar en el mundo profesional real o porque no le ha dado tiempo a desarrollar tanta cosa… Si eso se produce, es pura explotación y afán de lucro, se mire por donde se mire, lo proponga quien lo proponga y se haga donde se haga, y es criticable y censurable se mire por donde se mire. No hay paños calientes. Por desgracia es muy habitual y actual.

    Nosotros ponemos a los becarios hacer trabajo de verdad, del que cobramos a nuestros clientes, pero de modo controlado y supervisado por uno o dos traductores veteranos, revisando el 100 % de lo que traducen y con el ojo protector continuo del gestor del proyecto correspondiente, y en contacto con el tutor de la universidad. En realidad, tiene un coste extra de lo que se le pague, pero nos merece la pena formar a una persona desde dentro porque nos funciona mejor que traer a otra de fuera que no sabemos cómo se habrá formado ni qué prácticas tendrá.

    En cuanto a lo de las universidades, estas sí pueden controlar si las prácticas se pagan o no. En la UAX, que es de donde yo puedo hablar como orientador profesional de TEI, me encargo de supervisar y ayudar al comité de prácticas para que no se ofrezca ninguna no remunerada o tengan prácticas indebidas, y te puedo asegurar que he luchado por cancelar prácticas de este tipo y lo conseguí en su momento, forzando a quienes la pedían a cambiar la política de prácticas con los estudiantes de la UAX. Por eso sí se puede, pero es más cómodo, claro está, dejarse llevar e inflar el número de prácticas que se consiguen para los alumnos, eso sí, sin contar de qué tipo son.

    Reitero mi enhorabuena por la entrada, porque es un tema que me preocupa bastante y que a la vez me irrita cuando se ve lo que se ve.

  17. Yo SÍ pago. Todos los años vienen muchos alumnos en prácticas (cada vez más) a nuestra oficina y siempre pagamos algo, no puede ser mucho porque es un dinero injustificable como gasto, pero al menos espero que cubra los gastos del traductor durante el tiempo que está con nosotros.
    Es cierto que no todos los alumnos rinden igual, algunos prácticamente tienen productividad cero porque carecen de los conocimientos técnicos o del dominio de las herramientas necesario para empezar a producir. En cambio otros empiezan a funcionar como traductores profesionales desde el primer día.
    Lo que hacemos nosotros al final de las prácticas es revisar los recuentos del alumno en prácticas y, en base a eso, junto con la valoración global de su período de prácticas, asignar una cantidad que se le entrega al final de su estancia con nosotros.
    Yo siempre he dicho que yo no voy a quedarme con lo que no es mío. Si el alumno en prácticas ha hecho un buen trabajo, está en su derecho a ser remunerado por ello.
    También en cierto que las universidades siempre nos han hecho hincapié en que las prácticas son “no remuneradas”, pero que si queremos, al final, tener algún detalle con el alumno, es cosa nuestra.

    También nos hemos encontrado con alumnos, de todo hay, que exigían una remuneración a sus prácticas a nivel personal, y lo cierto es que ya perdíamos bastante tiempo explicándole todo y revisándole todo, dado que el trabajo realizado era bastante deficiente.

    Según mi experiencia, yo concluiría indicando que Yo SÍ pago, pero siempre dependiendo del desempeño de la persona que venga, del mismo modo que hacemos con nosotros mismos. Cobramos dependiendo de resultados, recuentos, horas de revisión, etc. De igual modo, habría que valorar el trabajo realizado por el alumno en prácticas para remunerarle consecuentemente.

    Saludos a todos.
    Tatu

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