12 chanchullos en traducción jurada
Muchas veces nos preguntan otros jurados o se sorprenden por cosas aparentemente normales.
Otras les engañan o están a punto de caer en lo que podría convertirse en un chanchullo. O incluso ser un error muy grave…
Por eso escribo este artículo, ante todo para aclarar lo que es susceptible de calificarse como «chanchullo». Y lo que puede convertirse en uno si no se tiene cuidado y se pisa con mucha cautela.
Además, en la actualización de este artículo (tras la nueva normativa introducida en 2014), vamos a ver los chanchullos que ya no se pueden hacer. Gracias a la nueva Orden, algunos de los trucos anteriores se han vuelto complicados… En algo teníamos que mejorar…
A continuación, exponemos 12 chanchullos en traducción jurada:
1.- La «caja de galletas»
En foros de traductores (y, a veces, en los periódicos) se habla de personas que acumulan varios sellos de jurados en una «caja de galletas» o similar… Los medios para obtenerlos son diversos: porque el propio intérprete les venda el sello (en un caso se habló de que se ofrecía 6.000 euros por la compra de sellos), porque el IJ haya fallecido, no se haya registrado este deceso en la lista de IJ y los familiares hayan vendido el sello… En ocasiones nos envían alguna noticia de denuncias de este tipo.
Por supuesto, que los jurados son los primeros interesados en denunciar este tipo de chanchullos en traducción jurada. Por suplantación, intrusismo, etc.
Consejo: no prestarle el sello a nadie y guardarlo a buen recaudo. El sello, aunque no lo parezca, es un valor y hay delincuentes que podrían enriquecerse con un sello.
2.- Papel sellado. — PARCIALMENTE SOLUCIONADO.
Alguna vez nos han llegado rumores (sin confirmar) de empresas o personas que tenían papel ya sellado. Sería grave que se pudiera usar para traducciones juradas de las que el traductor no tiene conocimiento… Sería toda una sorpresa que de repente te llegara una queja o una consulta de un cliente del que no tienes la menor idea.
Peor aún sería la persona que accediera a hacer algo así y que vendiera papel sellado por un módico precio. Por supuesto, ni que decir que podría estarse poniendo en riesgo por las responsabilidades de todo tipo que pueda acarrear, incluso de tipo penal.
De estos casos, si se tiene constancia, lo normal es que se informe a las autoridades (en nuestro caso, al MAEC).
¿Cómo se ha solucionado con la nueva normativa? — Pues porque ahora con la nueva normativa hace falta adjuntar la copia del original con el sello y la fecha. Por eso este chanchullo en traducción jurada está parcialmente solucionado.
3.- Jurar traducciones de otros — NO ES CHANCHULLO.
Muchas veces nos lo comentan como si fuera algo medio raro o medio ilícito pero no lo es en absoluto. De hecho, incluso puede salir una mejor traducción si traduce uno y otro revisa. Suponiendo que revise de verdad, claro… Y, por supuesto, antes de jurar cualquier traducción (propia o ajena) hay que revisarla a conciencia. Frecuentemente se cumple aquello de «cuatro ojos ven más que dos«. En la revisión pueden salir cifras que están mal. O algún otro despiste. Así que lejos de ser algo raro o no recomendable, me parece bien. En la traducción jurada también han de seguirse prácticas ya tan establecidas en la traducción simple como la traducción por una persona y la revisión por otra.
La revisión de juradas
¿En qué puede fallar la revisión? — Puede fallar porque, por ejemplo, la realice una persona menos experta que el traductor jurado. Puede ser que una administrativa de una empresa haga la revisión. Entonces, puede mandar unas correcciones improcedentes y hacer enfadar al traductor. En otros casos, tiene más que ver con la manera en la que se hace. Porque se falte al respeto o porque no se haya dado plazo suficiente. Si el traductor, por ejemplo, ha estado toda la noche sin dormir, no es de recibo una revisión impertinente.
En nuestro caso, para evitarnos problemas, siempre revisa una segunda persona antes de entregar al cliente. Así nos evitamos bastantes disgustos. Aún así, siempre puede haber errores si se trabaja con demasiadas prisas. Es una batalla difícil, pero hay que luchar por los plazos mejores.
Si no, únicamente estamos quedando mal cada vez que hacemos un trabajo y siempre nos van a hacer «bullying» por los errores que haya.
4.- Poner el sello en una traducción de otro sin haberla cotejado / leído. O, peor aún, adjuntar una certificación o mandar la hoja de la certificación sellada sin saber a qué se va a adjuntar. — SOLUCIONADO.
Más que chanchullo sería de tontos…
Esto ya no se puede hacer por la obligación de adjuntar la copia del original, con el sello y la fecha. No es posible dar «el cambiazo» de esta manera.
5.- Por extensión de la anterior, jurar la primera o última hoja de un documento.
También es un chanchullo anterior que está solucionado.
Con la crisis apareció mucho espabilado. Hubo casos de gente que pedía jurar una hoja pero que luego podrían haber adjuntado más hojas.
En aquel momento se podía indicar, en la certificación, que se trataba de una traducción jurada de una sola hoja.
Esto era la única garantía en aquel momento. Sin embargo, ahora ya no es posible hacer nada parecido por la obligación de adjuntar la copia sellada y fechada.
6.- Jurar un solo párrafo, una parte de un documento, tres columnas de un documento de seis columnas, etc. — NO ES CHANCHULLO.
Siempre que se indique claramente la parte del documento que se jura.
¿Cómo ha cambiado con la nueva normativa? Antes se podía indicar en la certificación que se juraban «tres párrafos del documento tal de tal«. Actualmente ya no debe modificarse el texto de la certificación. Por tanto, la solución que queda es marcar en la copia que se va a adjuntar, lo que se ha traducido. O bien, tachar o eliminar las partes que no se hayan traducido.
7.- Hacer una traducción jurada de otra traducción jurada — NO ES CHANCHULLO.
Aunque haya gente que piense que es raro, que debe ser inmoral o ilegal, no lo es para nada. Un caso frecuente son las «juradas cruzadas». Si en España no tenemos jurados de inglés a portugués, la única forma de llegar a esa traducción jurada es con una jurada de inglés al español y otra de español al portugués… Por supuesto que en estos casos el original de nuestra traducción jurada (el documento a partir del que traducimos) es la jurada del otro traductor (aunque sí es cierto que entra mucho el «picorcillo» de echar un vistacillo al documento original y mejorar la traducción – sobre todo si conocemos el otro idioma – no debemos hacerlo).
8.- Cambiar el contenido de una jurada por una traducción que no está, es falsa o es un añadido.
Esto sí es un problema importante sobre todo si es el cliente el que insiste o discute para que se añada ese contenido. Incluso nos puede intentar engañar, aprovechándose de nuestro desconocimiento de un determinado sector, especialidad, etc.
Mucho cuidado con las propuestas de traducción de los clientes o incluso con «correcciones airadas» de clientes que están intentando conseguir una traducción que difiere del original o que falsea su contenido. Puede ser algo tan nimio como un tiempo verbal…
Me acuerdo de una discusión con unos clientes en torno a una traducción de «may occur» que pretendían que se tradujera por «ocurrirá» y no «puede ocurrir«… Se propusieron varias alternativas como «puede / podrá suceder» pero se dijo que en ningún caso era «sucederá». Finalmente dijimos que no y dijeron que iban a buscar a «otro traductor»… Muy bien, pues que lo busquen si quieren.
Consejo: no temas retrasar una decisión si surge una disputa en torno a una solución de traducción o si el cliente intenta presionar para conseguir una determinada traducción. Diles que lo vas a consultar y necesitas un tiempo para verificar algunas fuentes. Utiliza – si lo ves conveniente – estrategias como dejar el término en la lengua original y poner la traducción entre corchetes en casos donde sea procedente hacerlo (por ejemplo, para titulaciones académicas, notas o calificaciones de difícil traducción…).
En determinados casos puedes añadir una nota del traductor (conviene no abusar y poner las menos posibles) con una referencia a una fuente (incluso una fuente online con un enlace de Internet) para aclarar o explicar un determinado término.
9.- Fiarse de explicaciones del cliente de contenido que no está o no se ve.
Aunque muchas veces nos convenga hacerlo y no pedirles que nos manden el original no hay que fiarse… Si es un dato importante, debes pedir el original para verlo o simplemente indicar que es ilegible.
Consejo: puedes pedir al cliente que te adelante la información que necesitas por mail y pedirle que traiga el original en el momento de la recogida, momento en el que cotejarás el original con la traducción.
Esto es importante porque hay gente que piensa que se puede adelantar el original. Pero una cosa es ir trabajando con un borrador y otra cosa es no tener original. Como a la traducción tenemos que adjuntar la copia del original, tiene que existir original. Punto pelota.
10.- Jurar un documento falso — NO ES CHANCHULLO.
Frecuentemente podemos pensar que un documento nos parece extraño o que no se parece a otros documentos similares que hemos visto del mismo tipo, pero lo dudamos. En caso de estar seguros de que es un documento falso, habría que denunciarlo. Si no estamos seguros no hay nada que hacer. En cualquier caso, el traductor no certifica la validez del documento original y, para mayor seguridad, puedes añadir una nota en ese sentido (similar a la que figura en muchos textos de legalizaciones) señalando que el traductor jurado solo certifica que la traducción es una traducción fiel y completa del documento original pero no se certifica ni el contenido del original ni la ulterior utilización que vaya a dársele.
11.- Sellar un documento original — NO ES CHANCHULLO.
En determinados casos (por ejemplo, ciertos jueces lo pueden exigir) se puede pedir el sellado del documento original. En ese caso hay que preguntar cien veces al cliente si está seguro segurísimo de que quiere que lo hagamos. Porque sellar un original podría suponer que se invalida ese original.
Consejo: pide al cliente que te traiga el documento y que te indique lo que quiere.
Alternativamente, si manda la traducción por mensajería o por correo postal, indícale que ponga una nota adhesiva señalando la página y lugar exacto dónde debe ir el sello.
También debería confirmarlo por escrito en el propio email y no temas pedirle al cliente que te lo confirme por mail para tener constancia escrita de la petición.
Actualización (2016). Según información reciente, aparentemente sigue estando permitido. Algunos jurados pensaban que porque la nueva orden dijera «copia del original» no se podrían adjuntar originales a las traducciones. Evidentemente, no vamos a grapar un pasaporte a una traducción jurada. Sin embargo, hay muchos documentos (copias autorizadas de escrituras, copias registrales…) que son – ciertamente – copias de un original.
12.- Jurar contenido y/o documentos para los que no se posee la titulación / nombramiento.
No está permitido. Por supuesto que no podemos jurar documentos en idiomas para los que no poseemos la titulación y nombramiento. Ni tan siquiera frases sueltas o palabras sueltas dentro de un documento que estén en otro idioma. Podemos indicar simplemente algo así como [aparece un sello en alemán] o bien transcribir el contenido en la traducción. Pero nunca podremos traducirlo incluso aunque sepamos perfectamente lo que significa.
Consejo: indícale siempre al cliente que no puedes traducir contenido en otros idiomas. Y si apareciera contenido importante en otro idioma deberá buscar a otro jurado para que traduzca ese contenido. O un jurado que posea el nombramiento en dos idiomas. Si lo anterior no fuera posible, una idea es volver a pedir un original en un solo idioma.
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Hola, Leon:
Hace poco me encontré con el caso de un expediente académico parte en inglés y parte en francés. El cliente se asombró de que yo no pudiera certificarle la parte de francés a pesar de conocer el idioma, pero después de explicárselo accedió sin problemas a que lo tradujese y lo sellara una colega de francés… A mí me han pasado mil historias con los encargos de las traducciones juradas, desde gente que casi te llama ladrón o hace aspavientos cuando les dices lo que cuesta traducir un documento pequeño a gente que no tiene ni idea de lo que necesita y luego cuando no les vale el documento porque no está apostillado (a pesar de que yo les dije que se aseguraran) y te echa la culpa a ti y le cuesta pagar lo que te debe, clientes que te cambian el original 2 veces mientras estás traduciendo sus escrituras de constitución y que 2 meses después te dicen que necesitaban otro sello más en el original y tengas que volver a revisar la traducción, introducir el sello y claro ¡volverles a cobrar! (fui buena y les cobré copia más un plus de palabras nuevas)… Es un tipo de traducción bastante rentable, pero hay mucho desconocimiento de la figura que representamos y del valor de lo que hacemos.
Muy buena entrada.
Un saludo,
Yedra
Es un tipo de traducción bastante rentable…
Pienso que no, por todo lo que cuentas… La tarifa por palabra es un poco más alta que la simple pero con la traducción simple apenas se consume tiempo de nada. Te mandan el archivo, lo traduces y lo mandas. Además el nivel de exigencia de la traducción simple frecuentemente es menor e incluso se puede traducir con programas de traducción asistida que facilitan, aún más si cabe, el trabajo…
Con la traducción jurada siempre hay un tiempo de gestión añadido y, en el caso de juradas pequeñas hace que no merezca mucho la pena. En el fondo ese es uno de los problemas que hemos tenido como empresa y por lo que he tenido que reducir personal: teníamos muchísimas juradas de particulares de poco importe que nos consumían cantidades demenciales de tiempo de traducción, revisión y gestión. Desde recibir el documento en papel o en PDF, quedar con la persona, escanear el documento, convertirlo con Abby Fine Reader para el cálculo del número de palabras. Imprimir el documento en papel especial y tener que estar siempre pendiente de las impresoras, los cartuchos y tóner, y salir a comprar esos cartuchos y consumibles. Tener un servicio de atención telefónica para la gente que llama y una oficina para que vinieran a recoger esas juradas. Todo eso se ha hecho y era bastante el consumo de recursos. Es algo a tener en cuenta esa experiencia porque – aunque muchos no lo piensen – la traducción jurada tiene una vertiente importante de servicio público y de tiempo propio que dedica el jurado a todas estas gestiones y, como empresa, igual ni te funciona ni te interesa tampoco dedicarte a ello.
Como persona particular podrás permitirte el lujo de trabajar 18 horas al día y de volver tariro con una traducción jurada de 60 euros pero como empresa ese tiempo de gestión se paga y puede que a la empresa le cueste dinero hacer esos trabajos…
Un saludo,
Leon Hunter
Pues piensa en todas esas gestiones de llamar, ir y venir de correos, ir y venir y llamar a mensajerías… Multiplicado por cientos de particulares.
Que ahora dame el presupuesto de esta hoja, que no que ahora quito esa hoja y te añado esta otra, que ahora no me dedido, que ahora te pregunto X cosa, que ahora voy a ir mañana a las 4 y me esperas, que no que mejor voy a las 5, que no que no me da tiempo y voy mañana a las 12 si no te importa, que no que al final no voy esta semana y voy otra semana, etc., etc.
Y todo eso es un tiempo de gestión de volverse locos para una empresa entonces es lo que digo: como jurado autónomo te puede compensar pero como empresa lo veo difícil a menos que la gente cobre muy poco y le eche muchas horas porque más que un negocio es un servicio público.
Un saludo,
Leon Hunter
Hola, Leon:
Sí, es cierto que hay mucho desconocimiento, pero a veces también puede «fallar» el traductor, sobre todo en lo que respecta al punto 8. Yo soy traductora aunque no jurada y en cierta ocasión acudí a un profesional porque necesitaba una jurada para un juicio. No se trataba de un documento «oficial» sino de un comunicado algo «coloquial» por parte de la empresa. En él se empleaba «ASAP» y la traductora lo dejo tal cual en la traducción, dando a entender que se trataba de un departamento o algo así. Evidentemente, volví para explicarle que se refiere a «as soon as possible» y, aunque lo corrigió no se quedó muy conforme. En este caso la explicación/corrección del cliente (o sea, yo) era buena. Así que con respecto a lo de aceptar las explicaciones/correcciones del cliente, no digo que siempre haya que darlas por buenas, pero sí que habría que «investigar» algo más.
Saludos,
Isabel
Hola:
Sí, tienes razón pero otro punto (u otro artículo) es que los traductores jurados también tienen especialidades y fortalezas y debilidades como los traductores «normales». Es decir, que porque seas jurado no significa que seas «todoterreno» ni especialista en todo. Hay traductores jurados de medicina, de derecho, técnicos y de otras cosas y – muchas veces – la gente se sorprende, se enfada o se mofa si le dices que no haces X traducción porque no te especializas en eso. Ni que por ser jurado fuera uno la entelequia, oiga.
Hace dos noches vino un particular a ofrecerme una traducción de cardiología y le dije que era mejor si llamaba a otra persona porque no me especializo en eso… Tampoco pasa nada por rechazar encargos, de hecho, lo recomendaría encarecidamente en algunos casos.
En cuanto a quejas o disconformidades del cliente te puedo asegurar que en mi caso las investigo todas en profundidad porque realmente me importa mucho. Además como normalmente pago yo el segundo envío (de haberlo) – al ser error mío – me interesa que no sean correcciones «porque sí», aunque también de esas hay alguna de vez en cuando… En fin, no es tan fácil como parece que se te dé muy bien la traducción jurada y pienso que hay que tener bastante experiencia en traducción simple y traducción general antes de dar el salto a la traducción jurada, que es un campo muy difícil y muy exigente por muchos motivos.
Un saludo,
Leon Hunter
Hola Leon:
Tengo que hacer una traducción jurada de un documento redactado en alemán e inglés; es decir, el mismo contenido aparece primero en alemán y luego en inglés, ninguna información adicional. ¿Es recomendable que transcriba las frases en inglés o puedo directamente omitir el texto en inglés y añadir una nota que explique tal omisión?
Muchas gracias y un saludo,
Francisco
Perdona, Francisco. No había visto tu mensaje. Para este tipo de consultas, es mejor que me contactes vía correo electrónico.
He visto ambas estrategias:
1.- Transcribir literalmente el texto original – con una nota que diga [Se transcribe el texto literal en inglés]. El problema en este caso es que te equivoques al transcribir el texto en una lengua que no es la tuya habitual de traducción o que al pasar el corrector no recoja ese texto, etc. Ocasionalmente he transcrito textos en la lengua original y también ocasionalmente me han sacado alguna errata o símbolo mal transcrito. Así, se me ocurrió transcribir «Die Universität der Informationsgesellschaft» en un expediente en inglés con partes en alemán y, al transcribir faltaba una «c» y la cliente (una alemana exigente que tenía vista de lince) lo vio de un vistazo en desde los 1,90 o 1,95 que debía medir…
2.- Decir algo así como: [Aparece un texto a dos columnas en alemán e inglés, la traducción jurada se refiere exclusivamente al contenido en lengua alemana] y a continuación poner tu traducción.
Lo que no puedes hacer en ningún caso es traducir el texto en inglés, incluso sabiendo lo que significa, si no tienes el nombramiento como intérprete jurado para ese idioma.
Otra cosa más: si es un documento de 6 hojas y 3 están en alemán (por ejemplo), puedes decir en la certificación (o fórmula fedataria) que es una traducción fiel y completa de «tres hojas de un documento de seis hojas» o «de las tres primeras hojas en alemán de un documento redactado en alemán e inglés» y cuando adjuntes la copia (si sueles adjuntar la copia a la jurada, no es obligatorio) adjuntar solo las hojas traducidas y no adjuntar las que están en la otra lengua.
Espero que eso te ayude.
Un saludo,
Leon Hunter
Aquí, en Ecuador, por falta de regulación (y por falta de voluntad de regulación del gobierno), existe un caos impresionante en el mercado de la traducción. Son muchas las personas no calificadas las que ofrecen sus servicios de «traducción» porque vivieron un par de meses de intercambio en el extranjero y regresaron a Ecuador.
Ofrecen tarifas indignas que acaban bajando el nivel de ingresos de los traductores leales y calificados así como el nivel de calidad de traducciones en el país.
Es difícil hacerle entender a los clientes que una traducción debe ser impecable y que sólo un traductor calificado (y acreditado) debe y puede hacer este oficio.
Pues en tu relato sustituiría la palabra «Ecuador» por «España» y no cambiaría ni una coma de lo que dices 🙂
Leon Hunter
Hola,
ya sé que es un texto antiguo, pero he llegado aquí por una búsqueda de un problema que tengo con una traducción.
Respecto al punto 11.- SELLAR UN DOCUMENTO ORIGINAL
En 2006 necesité de hacer una traducción jurada de mi expediente académico y el traductor me ha sellado los originales. Yo no le pedí que lo hiciera y , en realidad pensaba que él estaba haciendo el correcto (no tenia ningún motivo para dudarlo, una vez que es un profesional). Ahora, he solicitado la equivalencia del titulo y, en el ministerio de educación me piden los originales sin el sello del traductor. Yo les he explicado que esos eran los originales, que el traductor los había sellado y que yo pensaba que lo estaba haciendo bien). Después de esta explicación siguen sin aceptar los documentos. he intentado llamar al ministerio de asuntos exteriores y no me pueden ayudar, he llamado al ministerio de educación y dicen que no pueden aceptar los documentos sellados por el traductor. No sé que hacer. Son documentos que tendré dificultad en obtener otra vez, en los que he gastado mucho dinero y que están invalidados sin que yo tenga la culpa. Me pueden dar alguna información como debo proceder? Gracias
Hola:
Pues es un asunto difícil el que plantea y por eso (no solo en este artículo) sino en muchos del blog se ha insistido en no sellar originales sin cerciorarse.
El caso que plantea es difícil porque ha transcurrido mucho tiempo (12 años), por una parte, por lo que no tengo claro que pueda reclamar. Puede que ya ni ejerza el traductor que lo hizo. No tengo claro los plazos de caducidad de reclamaciones, pero pienso que bien pueden haber expirado.
Por otra parte, en el año 2006 no existía la misma regulación que ahora (la Orden sobre traducciones juradas a la que se hace referencia en este artículo). Por eso (es mi opinión) pienso que en aquella época no estaba tan claro lo que había que hacer y había mucho cantamañanas liando al personal.
Una ventaja de la nueva regulación es que ahora sí que está claro qué hay que hacer, pero esas normas no se dictaron hasta el 2014 y vd. se está refiriendo a un caso anterior (de 2006).
Por último, si vd. lo pidió el problema es que fue vd. el que lo pidió y lo consintió (dado que durante 11 años no se ha quejado). Por tanto, veo muy difícil que pueda reclamar porque fue vd. mismo el que lo pidió. Por otra parte, señalo que no hay nada que impida ni con la nueva regulación ni con la antigua sellar los originales. Siempre que el cliente lo pida, yo sello los originales, pero advirtiendo que PODRÍA invalidar el original.
Otra cuestión que se me ocurre es que tal vez lo hiciera por una agencia intermediaria y entonces el traductor sí que le podría haber dicho al intermediario que no se deben sellar originales en principio y que en la intermediación se haya perdido esa información. Es notable que muchas veces los intermediarios son muy insistentes con peticiones del cliente y con hacer lo que ha dicho el cliente a toda costa y si no se hace lo que quieren actúan como una plaga, llamando miles de veces y acosando. Por eso también muchos jurados hemos tenido que dejar de trabajar para algunas de estas empresas.
Una reflexión final es que también por el tiempo transcurrido podrían pensar en renovar los documentos y que realmente los procesos de la administración pública se han modernizado bastante. Se tarda muy poco en pedir un expediente a una universidad española y es mucho menos complicado de lo que lo era en su momento. Frecuentemente también se puede hacer de manera electrónica y/o por correo.
Yo le sugeriría que se informara en la universidad de origen, a ver qué se puede hacer.
Muchas gracias por la respuesta.
Solo para aclarar: Yo NO pedí que sellara el original (escribí: «. Yo NO le pedí que lo hiciera»). Yo pedí que hiciera la traducción y lo hice personalmente, no por una agencia intermediaria. El hecho de no me quejar durante 11 años no quiere decir que lo consintiera. Cuando hice la traducción hace 11 años fue para ingresar en el doctorado y me han aceptado los documentos sin problema. Ahora, que los quiero utilizar para un tramite distinto (equivalencia del titulo extranjero), es cuando me he dado cuenta del problema (el ministerio de educación no los acepta). Como dije antes, cuando el traductor selló los originales, yo pensaba que él estaba haciendo el correcto (no tenia ningún motivo para dudarlo, una vez que es un profesional).
Por ultimo, respecto a pedir un nuevo expediente no es tan fácil. Primero porque no es en una universidad española, segundo porque no es solo el expediente pero el expediente + otros certificados que no vienen con el expediente (declaraciones con ECTs, duración del curso, nota max, nota mínima, etc). Distinta información que piden para solicitar la equivalencia(y que no constaba en el expediente). Además tendría que volver a solicitar las traducciones de todos estos documentos.
una vez más, muchas gracias por la info.
Un saludo
Vaya, pues lo lamento.
Leon Hunter
Buenas, acabé leyendo su post para darme ánimos a mi misma ya que he pagado por una traducción jurada y cuando recibo los escaneados, en vez de sello, hay una imagen vamos y encima la traducción la han metido en un traductor automático o un programa que no estaba mal pero quedaban cosas sin traducir o disparates traducidos….y es un traductor del MAEC que yo, por ser buena persona, podría nombrarlo pero no lo hago.
En fin…